INTERRUPCION VOLUNTARIA DEL EMBARAZO
UN AÑO CON LA NUEVA LEY
En el debate provocado como consecuencia de la reforma del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo pusimos de manifiesto que esta nueva Ley de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo, aún conteniendo aspectos positivos, producía un retroceso legislativo respecto a la anterior normativa, basado en la restricción del concepto integral de salud acuñado por la OMS.
En este sentido, como ya denunciamos en su día, esta nueva Ley no contempla la interrupción sin plazo cuando exista un pronóstico de grave riesgo para la salud física y psíquica de la mujer, dejando así desprotegidas a las mujeres en las situaciones más difíciles, cuando presentan más de 22 semanas de gestación, sin tener en cuenta los riesgos que pueden causarle llevar a término embarazos en casos, por ejemplo, derivados de violación.
Un año ha sido igualmente suficiente para evidenciar que la igualdad territorial sigue sin producirse. Que en Extremadura no existe ni un solo centro público donde realizar la intervención, hecho que pone de manifiesto la doble moral que rige en esta materia para los servicios sanitarios, que rehúsan en lo público lo que practican en lo privado. Esta misma situación es aplicable a otras Comunidades Autónomas, de tal manera que no sólo no ha servido para superar la desigualdad territorial, sino que la ha hecho más evidente.
Debemos seguir recordando aquello que pedíamos durante la tramitación de la Ley. Un año después sigue teniendo vigencia:
1) Que el derecho a decidir sobre nuestros cuerpos se regule exclusivamente en una ley específica y deje de estar tipificado como delito regulado dentro del Código Penal, siempre y cuando no se realice contra la voluntad de la mujer o por imprudencia.
2) Que se garantice la práctica de la IVE en la red sanitaria pública y que se regule la objeción de conciencia del personal sanitario.
3) Que no se restrinja el derecho a la IVE por razones de salud de la mujer gestante en ningún momento del embarazo.
4) Que los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres jóvenes en materia de IVE, tengan la misma regulación que para el resto de las mujeres.
Mérida, 5 de julio de 2011.